La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo deducido en contra de la sentencia que no hizo lugar a petición de liquidación voluntaria.
En fallo unánime (causa rol 39.461-2021), la Primera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Rosa Egnem, Juan Eduardo Fuentes, Mauricio Silva Cancino y los abogados (i) Diego Munita y Raúl Fuentes– descartó infracción de derecho en la sentencia recurrida, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que declaró inadmisible el recurso de apelación deducido en contra de la de primer grado que rechazó la solicitud.
“Que sobre esta materia han surgido diversas interpretaciones, motivo por el cual esta Corte revisó la recta inteligencia del artículo 4 de la Ley sobre Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas. Así entonces, en la causa rol N°25.196-18 se resolvió que el nuevo estatuto concursal contempla una serie de reglas procesales que difieren de las normas generales, y, en lo que aquí interesa, instituye un sistema recursivo que restringe la apelación sólo a aquellos casos expresamente indicados. Esta postura se ha mantenido incólume en los fallos roles 4228-19, 3699-19, 3718-19, entre otros”, plantea el fallo.
La resolución agrega: “Que, sobre la base de lo reseñado precedentemente, se observa que los juzgadores han aplicado correctamente la normativa atinente al caso que se trata, pues la Ley N°20.720 no contempla el recurso de apelación como vía para impugnar la decisión que se pronuncia sobre el rechazo de la solicitud de liquidación voluntaria. Y siendo el estatuto concursal una ley de carácter especial, no resulta procedente acudir al artículo 189 del Código Orgánico de Tribunales, ya que la norma general se subordina a lo que manda la regulación especial en este punto”.
“Que lo razonado lleva a concluir que el recurso de casación en el fondo no puede prosperar, por adolecer de manifiesta falta de fundamento”, concluye.
Fuente: Noticias Poder Judicial